CONFERENCIA DE PRENSA DEL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, DON
ALFREDO PÉREZ RUBALCABA, DESPUÉS DE LA REUNIÓN DEL
CONSEJO
DE MINISTROS
Madrid, 19 de enero de 1996
En tercer lugar, quisiera indicarles también que el Consejo ha aprobado
un Real Decreto por el cual se concede la nacionalidad española a
los brigadistas internacionales, a los miembros de las Brigadas Internacionales,
que lucharon en la Guerra Civil española entre 1936 y 1939. Estas
personas, los miembros de las Brigadas Internacionales, que deseen acceder
a la nacionalidad española tendrán un plazo de tres años
para poder presentar la documentación acreditativa de su pertenencia
a dichas Brigadas, y el Gobierno concedería la nacionalidad española
por la vía de la carta de naturaleza, que saben ustedes que es una
vía rápida, por así decirlo, para entendernos rápidamente.
Es un Decreto que tiene su origen en un acuerdo parlamentario, que recordarán
ustedes que fue objeto de discusión hace algunos meses.
El Decreto fué publicado en el BOLETÍN OFICIAL
DEL ESTADO de martes 5 de marzo de 1996:
MINISTERIO DE JUSTICIA E INTERIOR
Nacionalidad española.- Real Decreto 39/1996, de 19 de enero, sobre
concesión de la nacionalidad española a los combatientes de
las Brigadas:
Internacionales en la guerra civil española.
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